Luego de que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires eliminara la obligación de rubricar la documentación laboral prevista en el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, mediante la Resolución 852/SECTE/2026, surgió ¿Qué rúbricas deben aún realizarse en CABA? ya que la Resolución aclaraba que la derogación no afecta otros regímenes registrales o documentales cuya intervención de la autoridad laboral surja de leyes especiales.