La AFIP también prorrogó la Moratoria para pymes: hasta qué fecha

A través de una comunicación al domicilio fiscal electrónico, la AFIP confirmó la prórroga de la Moratoria que alcanza a las pymes.


A través de una comunicación al domicilio fiscal electrónico, la AFIP confirmó la prórroga hasta el 31 de julio de la Moratoria que alcanza a las pymes.

Asimismo la medida se oficializó este sábado a través de la publicación del decreto 569:

498772

Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020, inclusive, el plazo establecido para que los y las contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización.


La primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten en el marco del citado régimen, desde el 1 de julio y hasta el 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020.


Programa ATP

La AFIP habilitó la carga de información para acceder a los beneficios de junio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

La AFIP habilitó el sistema de registración online al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en afip.gob.ar.


Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores. Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.


Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras. La carga de la información se realiza a través del servicio web «Simplificación Registral».


No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.


Balance e informe del auditor

La AFIP da mas plazo para presentar la memoria, el balance y el informe del auditor a los contribuyentes y/o responsables del impuesto a las ganancias alcanzados por la Resolución General 4.626, cuyos cierres de ejercicio operaron en los meses de noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020. Lo podrán hacer hasta el 18 de agosto de 2020, inclusive.


Ejecuciones fiscales y embargos

La AFIP extiende la suspensión de ejecuciones fiscales y medidas cautelares hasta fines de julio.


Así lo establece a través de las resoluciones generales 4740 y 4741 publicadas este viernes en el Boletín Oficial.

498712

Más tiempo para al régimen de planes caducos

La AFIP extendió hasta el 31 de julio el plazo para adherir al régimen de facilidades de pago de planes caducos.


Así lo establece la resolución general 4742 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

498710

Fuente: iprofesional