Impuesto a la riqueza: qué cambios incluyó el dictamen aprobado en Diputados

El proyecto inicial presentado por el oficialismo recibió algunas modificaciones durante su tratamiento en comisión. Los detalles.


La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de mayoría del proyecto de Aporte Solidario y Extraordinario (Impuesto a la Riqueza), con 27 votos afirmativos (del Frente de Todos y aliados) y rechazos y ausentes de Juntos por el Cambio. De esta manera, el proyecto pasa a tratamiento en el Recinto.


El dictamen tuvo algunos cambios importantes como que finalmente será de aplicación sobre el patrimonio a partir de su promulgación y no con fecha al 31 de diciembre de 2019, tal como estaba previsto en el texto original. El proyecto ya fue girado a las autoridades del Congreso, que deberán definir la fecha para su tratamiento.


Impuesto a la Riqueza: acceda al dictamen completo

Heller confirmó que, para alejar dudas acerca de la voluntariedad del aporte, se incluyó en el artículo primero del proyecto la palabra «obligatorio». Pero además, se establecerá que el aporte regirá desde la sanción de la ley, es decir, no será retroactivo al 31 de diciembre de 2019, como se preveía en un principio.


«Para evitar un eventual desapoderamiento», se aclarará que «cuando las variaciones operadas en los bienes sujetos al aporte durante los 180 días inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de esta ley hicieran presumir, salvo prueba en contrario, una operación destinada a eludir su pago, la AFIP podrá disponer que aquellos se computen a los efectos de su determinación».

Impuesto a la Riqueza: los cambios propuestos
Impuesto a la Riqueza: los cambios propuestos

El radical Luis Pastori celebró este cambio «porque la retroactividad era claramente inconstitucional», aunque advirtió que «más que una presunción (de la AFIP), sería una ficción legal».


A continuación, acceda al texto del dictamen completo:

503984-1

Impuesto a la Riqueza: cuáles son los cambios del dictamen

El aporte solidario tampoco gozará de las exenciones previstas en el impuesto a los Bienes Personales, que es el que se toma como base de cálculo. Es otro de los cambios que anunció Heller.


Pero lo que despertó más polémica es la posibilidad de captar a las personas no residentes que posean bienes en el país y que ejerzan su propiedad a partir de una persona jurídica. «Se presume, sin admitir prueba en contrario, que las acciones o participaciones en el capital de sociedades (…) pertenecen de manera indirecta a personas humanas residentes en el exterior», dice la propuesta de redacción.


Para esos casos, «ese sujeto deberá designar ante la AFIP un responsable por el ingreso del aporte», y en caso de no hacerlo, «el encargado de la determinación e ingreso del aporte será la sociedad emisora de esas acciones o participaciones».


Luciano Laspina (Pro) reprobó la propuesta. «En el mundo globalizado, donde los países se pelean por atraer inversiones, vamos a ser el primer país de la Tierra en poner impuestos al que viene a invertir a un país«, se quejó.

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Por último, Heller confirmó que las personas con bienes declarados en el exterior que acepten repatriar el 30% quedarán exentas del diferencial del 50% que deberían pagar por esos bienes. Los fondos deberán permanecer «hasta el 31 de diciembre de 2021 depositados en una cuenta abierta a nombre de su titular o afectados a alguno de los destinos que establezca el Poder Ejecutivo».


Fuente: iProfesional