Trabajo dispuso que la suma fija ART a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota con destino al FFEP, será de un valor de pesos cien ($ 100.-) con vigencia a partir de febrero 2022.
El Ministerio de Trabajo dispuso que la suma fija ART a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), será de un valor de pesos cien ($ 100.-) con vigencia a partir de febrero 2022.
La medida impulsada por el Ministerio a través de la Resolución 794/2021 se da en el marco de «una evaluación ponderada de las proyecciones económico financieras de las erogaciones a cargo del FFEP y la búsqueda de un correlato con el ingreso de los recursos necesarios para lograr un equilibrio en un plazo más próximo que el que plantea el escenario actual».
Esta proyecciones, según los fundamentos de la norma, «aconsejan la revisión de la determinación de la suma fija que contribuye al financiamiento del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales, establecida por Resolución (MTEySS) N° 115/2021.
Al respecto, señalamos que el valor mencionado correspondiente al FFEP lo debe abonar el empleador por cada trabajador registrado. El fondo es administrado por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y sirve como herramienta para asistir al correcto funcionamiento del sistema de prestaciones previsto en la Ley Nº 24.557.
Suma fija ART: últimas actualizaciones
Recordamos que mediante Resolución MTEySS N° 467 de fecha 10 de agosto de 2021 se estableció que el valor de dicha suma fija sea ajustada en forma trimestral, aplicando la variación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) correspondiente a los meses inmediatos anteriores al primero y último del periodo a ajustar, respectivamente.
La misma resolución había incrementado el valor de la suma fija de $0,60 a $40,00.- a partir del 1 de abril de 2021.
Luego, dichos importes se actualizaron a $45,07 a partir de agosto y a $49,98 a partir de octubre conforme la actualización trimestral automática.
Esto quiere decir que el incremento a partir de enero representará un 100% de aumento respecto al actual valor vigente y un 16667% respecto al valor de abril.
Finalmente, Trabajo señaló que resulta también razonable prever la revisión anual de la evolución de los referidos indicadores, a fin de evaluar la persistencia de las razones que brindan sustento al valor de la suma fija que por la presente se establece y, en su caso, proceder a su reducción a fin de evitar la generación de saldos excedentes.
Fuente: Blog del Contador