Ganancias 2022, con nuevo piso: el Gobierno confirmó a partir de qué salario se pagará el impuesto

El piso de $150.000 para empezar a tributar fue llevado a $175.000 en septiembre, y ahora se actualizó en base al incremento del índice de salarios.


Este viernes se conocieron importantes novedades sobre el impuesto a las Ganancias. A partir de 2022, pagarán todos los trabajadores que tengan un salario bruto superior a 225.937 pesos. El nuevo monto se origina en la actualización del piso salarial mensual de $150.000 anterior mediante el índice salarial Ripte, que alcanzó un 50,62%.


Además, no se descontará ganancias por el medio aguinaldo (Sueldo Anual Complementario) a los empleados cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $225.937.


Debido a la alta inflación de este año, el piso de Ganancias para los empleados en relación de dependencia fue elevado en dos oportunidades. La primera fue cuando se fijaron los $150.000 brutos en junio a través de la ley 27.617.


Luego, en septiembre, el Gobierno elevó el monto hasta los $175.000 mediante el decreto 620, como un adelante del incremento que se concretará en enero.


El Decreto 620 había explicitado que la suba del piso de Ganancias a $175.000 era una actualización parcial a modo de «anticipo». Es por eso que, ahora, el cálculo que utiliza el índice Ripte se realiza sobre el valor de $150.000 estipulado en junio por ley.


Con la aplicación del 50,62% del índice Ripte, también se actualizan las deducciones que se podrán realizar en 2022. La deducción por cónyuge aumentará a $235.457,25 anuales, mientras que por hijo menor de 18 años será de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de hijo incapacitado para el trabajo.


En el caso que se declare el pago de salarios por servicio doméstico, el descuento llegará hasta los $252.564,84 anuales.


El Gobierno quedó habilitado a realizar esta nueva modificación al piso del impuesto a las Ganancias gracias a la ley aprobada en Diputados el martes pasado que modificó Bienes Personales.


Ganancias: cambios para calcular el impuesto en 2022

La comisión de Presupuesto del Senado emitió este miércoles dictamen favorable al proyecto de ley que modifica el Impuesto a los Bienes Personales, aprobado por la Cámara de Diputados. El proyecto, que eleva de 2 a 6 millones de pesos el monto mínimo no imponible a partir del cual se abonará el tributo, agrega un incremento a las alícuotas para los patrimonios superiores a $100 millones y para quienes declaren bienes en el exterior.


A su vez, durante el debate en la Cámara de Diputados la banca oficialista incorporó una cláusula para otorgarle al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar el monto del salario más bajo alcanzado por Ganancias y, a su vez, el de la remuneración más alta alcanzada, que regirá a partir del 2022.


Las variables del tributo tienen una actualización anual y automática, según fue definido en 2018. En el mínimo no imponible, por la modalidad vigente, los montos de la tabla determina qué alícuota aplicar en cada caso. También prevé las deducciones en el caso de los hijos, cónyuges, entre otros.

Ganancias: cuáles serán los cambios para calcularlo en 2022
Ganancias: cuáles serán los cambios para calcularlo en 2022.


Estas deducciones deberán incrementarse un 50,6245% (variación entre octubre de 2020 y octubre de 2021) según el Ripte.


La nueva modificación sobre Ganancias: de qué se trata

De ese modo, se incorporó un nuevo artículo que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a «incrementar durante el año fiscal 2022 los montos previstos en el inciso «z» del artículo 26 y en el anteúltimo párrafo del inciso «c» del artículo 30 de la Ley de impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones».

La nueva modificación sobre Ganancias: de qué se trata
La nueva modificación sobre Ganancias: de qué se trata.


Ante la advertencia de la diputada Graciela Camaño (Consenso Federal) sobre las formas, al recordar que Massa se debería «abstraer de ser presidente» para pedir esa moción concreta, quien formalizó la moción fue el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller.


Desde JxC, el jefe del bloque Pro, Cristian Ritondo, expresó: «Nosotros tenemos dudas que esto se pueda plantear dentro de esta ley». Y resaltó que «el articulado se presenta ahora y no estuvo en el dictamen». «No tenemos tiempo para estudiarlo», prosiguió, para sugerir que «esto también se puede tratar en febrero, no habría inconveniente, podría ser retroactivo al 1ro. de enero». «Si ustedes van a insistir, nosotros vamos a abstenernos», anticipó, y así fue.


Tras la votación de ese artículo, el diputado Martín Tetaz (UCR Evolución) manifestó: «En la misma línea de la incorporación que usted solicitó, nosotros podríamos hacer una solicitud de la misma naturaleza para que se rebajara, por ejemplo, el IVA de los alimentos». «Sería una buena oportunidad para pedir que se baje o se suba algún otro impuesto», consideró.


Asimismo, calificó como «una barbaridad» que se le esté «confiriendo al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias que no le corresponden». Y pidió «bajar el IVA de la canasta alimentaria».


«No hay nada redactado, no se acepta la modificación», cerró Heller.


Fuente: iProfesional