Programa de Inserción Laboral: beneficios para gastronomía, turismo y hotelería

El Ministerio de Trabajo a través de la Disposición 2/2022, fijó las condiciones y parámetros para el Programa de Inserción Laboral – Línea de Promoción del Empleo Asalariado en el Sector Privado, respecto del Sector de la Gastronomía, Turismo y Hotelería (Programa).


Convenios Colectivos de Trabajo comprendidos.

Se encuentran incluidas las contrataciones laborales que se registren bajo los Convenios Colectivos de Trabajo N° 389/04, N° 362/03, N° 401/05, N° 397/04, N° 1191/10E, N° 1127/10E, N° 921/07E, N° 1505/16E, N° 758/19 y N° 1535/16.


Modalidad de contratación.

La contratación laboral a instrumentar por los empleadores a través del Programa, deberá ser por tiempo indeterminado, pudiendo resultar a tiempo completo o parcial.


Incremento de nómina de personal.

Los empleadores interesados en adherirse al Programa, deberán incrementar su nómina de personal. Para esto, se considerará la planta de personal registrada por los empleadores en el mes previo en el que se efectúe la solicitud.


Remuneración mínima.

El pago de la ayuda económica mensual prevista por este Programa, sólo procederá si la remuneración declarada por los empleadores no resulta inferior al 70% del salario básico correspondiente a la categoría D1 “Resto País” del CCT 389/04 por una jornada completa.


Más información en https://www.argentina.gob.ar/trabajo/pil


Fuente: Blog del Contador