AFIP otorga más plazo para registrar los datos biométricos

Ahora, quienes aún no hayan cumplido con la obligatoriedad de la registración podrán hacerlo de forma progresiva de acuerdo a la terminación de su CUIT.

Las y los contribuyentes que cuenten y operen con los servicios con clave fiscal tendrán más tiempo para registrar sus datos biométricos. Ahora, quienes aún no hayan cumplido con la obligatoriedad de la registración podrán hacerlo de forma progresiva de acuerdo a la terminación de su CUIT.

A través de la Resolución General 5336/23, publicada hoy en el Boletín Oficial, se establece el siguiente cronograma:

TERMINACIÓN DE CUITFECHA
0-128 de abril de 2023
2-331 de mayo de 2023
4-530 de junio de 2023
6-731 de julio de 2023
8-931 de agosto de 2023

El trámite puede realizarse en su totalidad de forma virtual mediante la aplicación móvil “Mi AFIP”, por lo que no será obligatorio acercarse a alguna dependencia del organismo. Cabe recordar que anteriormente el organismo había otorgado una prórroga de la excepción para presentar los datos biométricos ante la AFIP hasta el 31 de marzo, beneficio implementado a raíz de las restricciones a la circulación por la pandemia de Covid-19 y extendido luego en numerosas oportunidades.

¿Qué son los datos biométricos?

Los datos biométricos, a los fines de la AFIP, son los datos con características únicas de cada persona que facilitan y garantizan la identificación mediante sistemas o procedimientos tecnológicos.

¿Quiénes deben registrar sus datos biométricos?

Todas las personas humanas que operen con clave fiscal deberán tenerlos registrados para utilizar los servicios de la AFIP. Además, quienes actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas humanas o jurídicas que soliciten la CUIT y la inscripción en algún impuesto o régimen.

¿Cómo realizar la registración?

Forma virtual: Para realizar el trámite por vía electrónica, desde la app Mi AFIP se deberá ingresar a la opción “Datos Biométricos”. Este método no requiere confirmación. Asimismo, quienes hubieran solicitado o blanqueado la clave fiscal desde la app tampoco deberán realizar confirmación ni aceptación de datos.

Forma presencial: Solo en el caso de no poder cumplir con la registración de forma virtual, se podrá realizar el trámite de manera presencial en una dependencia de AFIP. Para ellos, se deberá solicitar un turno web para el trámite “Datos biométricos – Registro”. El día del turno las y los contribuyentes deberán asistir con su documento de identidad. En este caso, para que la registración quede validada, luego de la toma de datos, se deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Aceptación de datos biométricos” para confirmar la foto y firma. En caso de haber realizado la digitalización de datos biométricos en una dependencia de la AFIP y rechazar los datos ingresados , deberá registrar nuevamente sus datos, con turno previo.

Fuente:blogdelcontador