Dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo para padres o madres de niños o niñas en edad escolar ¿Cómo se podrán justificar las inasistencias?

El Ministerio de Trabajo dispuso que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente.

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